lunes, 3 de noviembre de 2008

Patrimonio Arquitectonico

Es una estructura (edificio, plaza), que a lo largo del tiempo, fue adquiriendo un valor (cultural, emocional, histórico, etc.) mayor o diferente al asignado en un principio. Una de los patrimonios mas conocidos es la ciudad prohibida de pekín (ubicada en el centro exacto de dicha ciudad), aunque en la revolucion cultural de china (1966-1969) se fue deteriorando por el descuido hacia la estructura en 1987 se encargo una restauracion que tardo 16 años, hoy toda el conjunto de edificios lucen en perfecto estado.
Sus dimenciones son enormes (ocupa 0,72 km², 800 edificios y más de 9.000 habitaciones en un area rectangular de 961 por 753 metros) como fue constuida entre los años 1406-1420 por lo que tiene un estilo clasico japones mesclado con la religion taoista. Esta dividido en distintos edificios para determinados fines (cocinas, dormitorios, trono, bibliotecas, lugares para meditar, etc.)
La ciudad prohibida tiene 2 protectores legales: como fue nombrada patrimonio de la humanidad por la UNESCO en 1987 recibe fondos y cuidado para preservarlo (ya que constituia un edificio muy antiguo e importante para la historia de china).
Como fue convertida en museo en 1924 tiene al estado chino como cuidador principal.
El (ahora) museo aparte de que los 2 protectores legales le proveen dinero, se mantiene al cobrar para poder entrar a la estructura.
Hay muchos otros edificios que el estado no los toma en cuenta que tiene que pedir a las empresas privadas fondos para mantencion (como es el caso de chile, estados unidos, europa, etc.). Pero hay una ley en nuestro pais que los ayuda, la ley vades, y dice que es un mecanismo legal que estimula la intervención privada (empresas o personas) en el financiamiento de proyectos artísticos y culturales, entregando a los particulares la opción de decidir ellos mismos donde colocar sus impuestos.
El Fisco aporta un 50 por ciento del financiamiento, al renunciar al cobro de ciertos tributos, y las empresas privadas o los particulares financian, de sus arcas, el otro 50 por ciento.
y opera asi: autoriza a empresas y personas a descontar del pago de su Impuesto a la Renta, (Primera Categoría o Global Complementario) el 50 % del monto de las donaciones que hayan realizado para fines culturales. El otro 50% es aceptado como gasto.
Sólo pueden ser donantes quienes tributan sobre rentas efectivas y no presuntas.
En sinetsis el edificio esta bien conservado y como genera su propio dinero, no hay necesidad de mantenerlo o tomar medidas.

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